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Consejo de Derechos Humanos no ha recibido informe de Honduras sobre recomendaciones en la detención arbitraria de defensores de Guapinol

Posted On Lunes, 20 Septiembre 2021 23:42 Written by

El Consejo de Derechos Humanos en reunión de este 20 de septiembre de 2021, detalló  no haber recibido informe de seguimiento a las recomendaciones que el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria en el caso de ocho defensores de Guapinol, remitiera desde febrero de este año.

El Estado de Honduras ha hecho caso omiso a la Opinión núm. 85/2020, donde el Grupo de Trabajo  insta al gobierno a dejar de inmediato  en libertad a los afectados   y se procediera a indemnizarlos porque se trata de una detención no apegada de los estándares internacionales de derechos humanos.

Se refiere a la detención de los defensores del Río Guapinol José Daniel Márquez Márquez, Kelvin Alejandro Romero Martínez, José Abelino Cedillo, Porfirio Sorto Cedillo, Orbín Nahúm Hernández, Arnold Javier Alemán, Ever Alexander Cedillo Cruz y Jeremías Martínez Díaz.

El Consejo de Derechos Humanos celebra su 48 período de sesiones que se lleva a cabo  del 13 de septiembre al 08 de octubre de 2021, en la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra.

Twitt de OACNUDH

La información de la falta de cumplimiento del Estado de Honduras en el envío del informe donde señale los avances de las recomendaciones del Grupo de Trabajo, la dio a conocer la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos en Honduras, OACNUDH, a través de un twitt donde señala que “ 1/3 El Consejo de #DDHH abordó hoy el informe del Grupo de Trabajo de #ONU contra la Detención Arbitraria, e incluye su opinión sobre la detención arbitraria de los defensores del #CasoGuapinol, señalando que no se ha recibido información de #Honduras sobre su cumplimiento”.

Agrega que “ 2/3 El Consejo de #DDHH abordó hoy el informe del Grupo de Trabajo de #ONU contra la Detención Arbitraria, e incluye su opinión sobre la detención arbitraria de los defensores del #CasoGuapinol, señalando que no se ha recibido información de #Honduras sobre su cumplimiento”.”

Por último  la institución internacional de derechos humanos con un mandato en Honduras el cual firmó junto al gobierno del presidente Juan Orlando Hernández el 04 de mayo de 2015, dijo que “3/3 OACNUDH reitera su llamado al Estado de Honduras a implementar la Opinión del Grupo de Trabajo y liberar de forma inmediata a los defensores del #CasoGuapinol”.

Cómo tramita un caso el Grupo de Trabajo de Detención Arbitraria

Cuando el Grupo de Trabajo recibe una denuncia individual, las transmite al gobierno por la vía diplomática con una invitación a responder al Grupo de Trabajo en un plazo de 60 días con sus comentarios y observaciones sobre las denuncias formuladas. Debe responder a los hechos presentados, cualquier legislación relevante y el progreso ó  resultado de cualquier investigación que se haya iniciado.

El plazo ya caducó y Honduras nuevamente ha quedado evidenciado como un país que se desenvuelve desconociendo los compromisos internacionales adquiridos.

Para tomar la resolución a través de la Opinión  85/2020, dicha instancia de las Naciones Unidas recibió información sobre los recursos legales fallidos que la defensa de los indiciados ha interpuesto ante el Poder Judicial.

Petición del Grupo de Trabajo al Estado de Honduras

El Grupo de Trabajo pide al Gobierno de la República de Honduras que adopte las medidas necesarias para remediar la situación de los ocho defensores sin dilación, ajustándola de conformidad con las normas internacionales pertinentes, incluidas las dispuestas en la Declaración Universal y el Pacto.

El Grupo de Trabajo considera que, teniendo en cuenta todas las circunstancias del caso analizado, el remedio adecuado sería poner a los ocho defensores inmediatamente en libertad, concediéndoles el derecho efectivo a obtener tanto una indemnización como la necesaria reparación a la vulneración de sus derechos, de conformidad con el derecho internacional

El Grupo de Trabajo insta al Gobierno a que lleve a cabo una investigación exhaustiva e independiente de las circunstancias en torno a la privación arbitraria de libertad de los ocho defensores y adopte las medidas pertinentes contra los responsables de la violación de sus derechos.

Vea el documento que contienen la Opinión  Num. 85/2020 sobre la detención de los defensores de Guapinol Aquí

 

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